sábado, 31 de enero de 2009

DEBER DEL APRENDIZ




El aprendiz tiene que dar cumplimiento a los fudamentos que le impone tanto la empresa, como el SENA.


  1. Ademas de cumplir con sus obligasiones academicas en el proceso de aprendizaje durante la etapa electiva, el aprendiz debe acogerse al estatuto interno de la empresa que lo vincule, sin que este exeda las condiciones acordadas en el contrato de aprendiza .


  2. En el sena existen un regimen disciplinario para los aprendices y en las empresas, existen reglamentos que obligan al cumplimiento estricto de los horarios y demas comportamientos academicos y reglamentarios. reglamento de almnos resolucion 0218 de noviembre 1 de 1996.


  3. El aprendiz debe abstenerse de tomar determinaciones unilaterales, concernientes a su contrato de aprendizaje, sin el visto bueno del empleador y el coordinador de formacion del centro respectivo. Incurrir en una determinacion de tal naturaleza se considera falta grave.


  4. Durante el tiempo en que el aprendiz recibe formacion en las aulas o talleres del sena, no se debe desplazar a las instalaciones de la empresa, salvo que en el proceso de formacion sea posible la alternacia de las dos etapas, electiva o academica y etapa practica o productiva, lo cual debe establecerse en el respectivo contrato de aprendizaje.








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